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ESTUDIOS HIDROGEOLÓGICOS.Modificaciones a registros para perforaciones

Fecha: 01/07/2014

ESTUDIOS HIDROGEOLÓGICOS.Modificaciones a registros para perforaciones

El Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) realizó modificaciones en los registros que regulan la realización de perforaciones para la extracción de aguas subterráneas. Por Resolución Nº 419/14, se modificaron algunos artículos de la normativa referidas a Registro de Empresas Consultoras de Estudios Hidrogeológicos y Geológicos, Registro Público para Empresas Perforistas y Registro Público de Concesiones de Aguas Subterráneas.

La nueva normativa establece que las perforaciones que se ejecuten tanto para exploración de cualquier índole geológica o hidrogeológica o bien para explotación de aguas subterráneas, deberán realizarse respetando el “Manual de Perforaciones de Pozos Tabulares den el Sistema Acuífero Guaraní” y las “Normas Técnicas de Construcción de Pozos Profundos” aprobados en el marco del Proyecto para la Protección Ambiental y Desarrollo Sostenible del Sistema Acuífero Guaraní.

Así también quedó establecido que se auditarán los equipos de perforación por personal técnico del ICAA a efectos de establecer la capacidad perforante de los mismos, de acuerdo a la obra que pretenda realizarse, para poder otorgársele posteriormente el certificado de Capacidad Perforante.

Impacto ambiental

Se estableció también que las personas físicas y jurídicas inscriptas en los mencionados registros deberán presentar un Aviso de Proyecto para la determinación de la categoría de impacto ambiental y como información adicional deberán especificar la metodología, programa y cronograma de actividades a desarrollar, explicitando la ubicación, profundidad, diámetro y demás características de las perforaciones a realizar , como así también la identificación y autorización de los propietarios superficiarios, sean estos privados como públicos de carácter Municipal, Provincial o Nacional.

Con las modificaciones efectuadas el ICAA pretende conocer -previo a su autorización – las actividades que efectuarían consultoras o empresas que realizan estudios hidrogeológicos y/o geológicos, entre otros, en territorio correntino, a solicitud de cualquier municipio, como de organismo nacionales o internacionales.

Por ello, las personas físicas o jurídicas inscriptas en los registros que tengan por finalidad realizar estudios y/u obras objeto de licitaciones provinciales, nacionales, o internacionales deberán presentar acreditación jurídica vinculante con el Ente Comitente.

Aquellas empresas ya inscriptas, pero sin identificar el lugar ni cómo efectuarán sus estudios hidrogeológicos serán notificados de esta resolución, a fin de dar cumplimiento, en especial, a la presentación de un informe ambiental a través del Aviso de Proyecto.

Fueron modificados además los aranceles de derecho de inscripción en los registros, lo que serán actualizados cada seis meses. El incumplimiento de la documentación requerida por normativa determinará la caducidad de la inscripción.



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